Delito fiscal y blanqueo de capitales. Delimitación del autoblanqueo. Tribunal Supremo, Sala de lo Penal; sentencia de 29 de abril de 2015, recurso 10496/2014 El art 301 CP solo tipifica una modalidad de conducta que consiste en realizar actos encaminados en todo caso a ocultar o encubrir bienes de procedencia delictiva, o a ayudar al autor de esta actividad a eludir la sanción correspondiente. Con esta interpretación, más restrictiva, evitamos excesos, como los de sancionar por autoblanqueo al responsable de la actividad delictiva antecedente, por el mero hecho de adquirir los bienes que son consecuencia necesaria e inmediata de la realización de su delito…